Instituto de la Función Registral del Estado de México

Consejería Jurídica

Del Procedimiento de Inmatriculación Administrativa

Presentar los siguientes documentos:

1.- Solicitud por escrito de Inmatriculación Administrativa, en la que él o la solicitante deberá expresar, bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:

  • Autoridad a la que se dirige (registrador o registradora de la propiedad que corresponda de acuerdo a la ubicación del inmueble).
  • Nombre del o la poseedora que solicita la inmatriculación y/o de quien promueva en su nombre.
  • Copia de identificación oficial del o la poseedora o del apoderado legal o la apoderada legal, en su caso (credencial para votar, cartilla de servicio militar nacional, pasaporte o cédula profesional).
  • Señalar los estrados de la oficina registral para recibir notificaciones.
  • Descripción y ubicación del inmueble que correspondan a los datos del contrato, en caso de haber actualización de datos del inmueble mencionarlos, y/o nombres y domicilios de sus colindantes actuales, en su caso.
  • Causa y origen de su posesión (Con qué contrato se adquirió el predio y de quién).

 

2.- Contrato

  • Se presentará el original y copia, sin alteraciones ni borrones.
  • En caso de reserva de dominio se agregará el finiquito correspondiente.
  • Por abreviaciones o alteraciones del nombre propio del o la promovente,  se aclarará su identidad con documento judicial o notarial.
  • Las o los contratantes deberán tener capacidad jurídica (mayores de edad) al celebrar el acto jurídico.
  • Tratándose de contratos en el que adquiera un inmueble un menor de edad, se admitirá siempre y cuando conste expresamente en dicho contrato, que se hizo representar por su tutor o tutora o quien ejerza la patria potestad del menor.
  • El contrato deberá contener las firmas de las o los contratantes, salvo que alguna de ellas no pueda o no sepa firmar, firmará un tercero a su ruego y encargo y en el documento se imprimirá la huella digital de la o el interesado que no firmóde conformidad con lo previsto en el artículo 1663 del Código Civil abrogado, y su correlativo 7.75 vigente en la entidad, según corresponda.

 

3.- Traslado de Dominio.

  • Deberá contener los datos del contrato, nombres de quienes intervienen y descripción del predio.

 

4.- Certificado de No Inscripción expedido por la oficina registral correspondiente.

  • Que demuestre que el inmueble no está inscrito a nombre de persona alguna.
  • Los datos del predio serán los indicados en el contrato.

 

5.- Constancia municipal que acredite que el inmueble se encuentra al corriente en el pago del impuesto predial.

  • El recibo de predial será del año que se ingrese el documento de inicio del procedimiento de Inmatriculación exhibiendo el original y copia, para su cotejo en la oficina registral devolviéndose al promovente su original.

 

6.- Agregar Planos conforme los datos del contrato:

  • Plano descriptivo conteniendo la figura geométrica del predio, medidas colindancias y superficie.
  • Plano de localización del inmueble, ubicación exacta del inmueble o plano manzanero expedido por la autoridad catastral o municipal.

 

7.- Certificación del Secretario del Ayuntamiento de posesión del inmueble y de que no forma parte de los bienes del patrimonio municipal.

  • Deberá ser expedida en el año en curso,  en el que se inicia el trámite de Inmatriculación Administrativa.

 

8.- Constancia expedida por la autoridad agraria competente (Registro Agrario Nacional), que acredite que el inmueble no se encuentra ubicado en ejidos o tierras comunales.

  • Deberá hacer referencia al promovente (poseedor o poseedora), y al inmueble con datos del contrato.
  • Deberá ser expedida en el año en curso, en el que se inicia el trámite de Inmatriculación Administrativa.

 

9.- En su caso, documento que acredite la personalidad cuando no se gestione a nombre propio.

  • Carta poder simple o poder notarial.

 

10.- Línea de captura que acredite el pago de derechos respectivos.

  • La línea de captura deberá contener el nombre  del promovente y el pago será individual.
  • El comprobante de pago referirá únicamente a la línea expedida.
  • Se anexara al pago original y copia.

11.- Avalúo catastral de autoridad estatal o municipal o de especialista en valuación inmobiliaria con registro vigente.

  • Deberá ser expedido en el año en curso, en el que se tramita la Inmatriculación Administrativa.
  • Los datos serán los contenidos en el contrato, en caso contrario aclarar en la solicitud.

 

NOTA: Requisitos establecidos en lo dispuesto por los artículos 87 y 88 de la Ley Registral para el Estado de México.

Fuente: Dirección Técnico-Jurídica