Presentar los siguientes documentos:
1.- Solicitud por escrito de Inmatriculación Administrativa, en la que él o la solicitante deberá expresar, bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:
- Autoridad a la que se dirige (registrador o registradora de la propiedad que corresponda de acuerdo a la ubicación del inmueble).
- Nombre del o la poseedora que solicita la inmatriculación y/o de quien promueva en su nombre.
- Copia de identificación oficial del o la poseedora o del apoderado legal o la apoderada legal, en su caso (credencial para votar, cartilla de servicio militar nacional, pasaporte o cédula profesional).
- Señalar los estrados de la oficina registral para recibir notificaciones.
- Descripción y ubicación del inmueble que correspondan a los datos del contrato, en caso de haber actualización de datos del inmueble mencionarlos, y/o nombres y domicilios de sus colindantes actuales, en su caso.
- Causa y origen de su posesión (Con qué contrato se adquirió el predio y de quién).
2.- Contrato
- Se presentará el original y copia, sin alteraciones ni borrones.
- En caso de reserva de dominio se agregará el finiquito correspondiente.
- Por abreviaciones o alteraciones del nombre propio del o la promovente, se aclarará su identidad con documento judicial o notarial.
- Las o los contratantes deberán tener capacidad jurídica (mayores de edad) al celebrar el acto jurídico.
- Tratándose de contratos en el que adquiera un inmueble un menor de edad, se admitirá siempre y cuando conste expresamente en dicho contrato, que se hizo representar por su tutor o tutora o quien ejerza la patria potestad del menor.
- El contrato deberá contener las firmas de las o los contratantes, salvo que alguna de ellas no pueda o no sepa firmar, firmará un tercero a su ruego y encargo y en el documento se imprimirá la huella digital de la o el interesado que no firmó, de conformidad con lo previsto en el artículo 1663 del Código Civil abrogado, y su correlativo 7.75 vigente en la entidad, según corresponda.
3.- Traslado de Dominio.
- Deberá contener los datos del contrato, nombres de quienes intervienen y descripción del predio.
4.- Certificado de No Inscripción expedido por la oficina registral correspondiente.
- Que demuestre que el inmueble no está inscrito a nombre de persona alguna.
- Los datos del predio serán los indicados en el contrato.
5.- Constancia municipal que acredite que el inmueble se encuentra al corriente en el pago del impuesto predial.
- El recibo de predial será del año que se ingrese el documento de inicio del procedimiento de Inmatriculación exhibiendo el original y copia, para su cotejo en la oficina registral devolviéndose al promovente su original.
6.- Agregar Planos conforme los datos del contrato:
- Plano descriptivo conteniendo la figura geométrica del predio, medidas colindancias y superficie.
- Plano de localización del inmueble, ubicación exacta del inmueble o plano manzanero expedido por la autoridad catastral o municipal.
7.- Certificación del Secretario del Ayuntamiento de posesión del inmueble y de que no forma parte de los bienes del patrimonio municipal.
- Deberá ser expedida en el año en curso, en el que se inicia el trámite de Inmatriculación Administrativa.
8.- Constancia expedida por la autoridad agraria competente (Registro Agrario Nacional), que acredite que el inmueble no se encuentra ubicado en ejidos o tierras comunales.
- Deberá hacer referencia al promovente (poseedor o poseedora), y al inmueble con datos del contrato.
- Deberá ser expedida en el año en curso, en el que se inicia el trámite de Inmatriculación Administrativa.
9.- En su caso, documento que acredite la personalidad cuando no se gestione a nombre propio.
- Carta poder simple o poder notarial.
10.- Línea de captura que acredite el pago de derechos respectivos.
- La línea de captura deberá contener el nombre del promovente y el pago será individual.
- El comprobante de pago referirá únicamente a la línea expedida.
- Se anexara al pago original y copia.
11.- Avalúo catastral de autoridad estatal o municipal o de especialista en valuación inmobiliaria con registro vigente.
- Deberá ser expedido en el año en curso, en el que se tramita la Inmatriculación Administrativa.
- Los datos serán los contenidos en el contrato, en caso contrario aclarar en la solicitud.
NOTA: Requisitos establecidos en lo dispuesto por los artículos 87 y 88 de la Ley Registral para el Estado de México.
Fuente: Dirección Técnico-Jurídica